Por muchos años, Perú ofreció acceso a puertos y facilidades operativas a flotas industriales extranjeras de aguas distantes que reportan casi el 40% de las capturas de calamar gigante en el mundo.
En 2020, el país emite el Decreto Supremo No. 016-2020-PRODUCE, que establece la obligatoriedad para estas flotas de contar con el seguimiento satelital del Estado peruano como una medida para monitorearlas mejor debido a que han sido severamente cuestionadas por pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).
CALAMASUR y la Facultad de Derecho de la Universidad Científica del Sur realizaron un webinar en el que participaron periodistas, académicos y expertos, quienes analizaron el impacto que ha tenido este decreto a tres años de su entrada en vigor.
Solo cinco embarcaciones instalaron el sistema de localización satelital que exige el país; por lo que la gran mayoría de estas quedaron impedidas de ingresar al Perú desde enero del 2021.
Solo un grupo pequeño de estas embarcaciones ha seguido ingresando a puertos peruanos entre el 2021 y el 2022, aduciendo motivos de fuerza mayor para justificar el ingreso.
No obstante, esta tendencia ha cambiado recientemente. Solo entre junio y agosto de este año, han realizado más de 75 arribos a Perú sin utilizar el posicionamiento satelital y aduciendo que entrarán a puerto a realizar “desembarque de tripulantes” cuando ello está prohibido a la luz de las regulaciones del decreto.
Perú pierde aproximadamente 300 millones de dólares al año por la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), según la FAO. Por ello, el Estado peruano debe tomar, permanentemente, medidas que limiten esta actividad. Una de estas fue el Decreto Supremo No. 016-2020-PRODUCE, que exige que toda embarcación de bandera extranjera que desee utilizar la infraestructura portuaria del país cuente con un equipo de seguimiento satelital que transmita su señal directamente y sin filtros a las autoridades peruanas. La lógica de esto era evitar que flota extranjera que pretende usar puertos peruanos no esté, a su vez, manipulando sus datos satelitales para ocultar que está entrando al mar peruano a pescar ilegalmente, práctica reportada sistemáticamente por instituciones especializadas como la ONG Global Fishing Watch.
Entre 2015 y 2019, los puertos peruanos registraban entre 250 y 300 arribos anuales de embarcaciones de flotas de aguas distantes para realizar mantenimiento, limpieza, aprovisionamiento y reparaciones por su permanencia prolongada en alta mar. El primer resultado visible del decreto es que después de emitida la norma, un grupo considerable de la flota extranjera de calamar retornó al Asía. En el 2020 se registró un máximo histórico de 192 ingresos al puerto de Zhoushan y solo 40 ingresos a Perú.
Para Alfonso Miranda Eyzaguirre, presidente del Comité del Calamar Gigante del Pacífico Sur (CALAMASUR), resulta sorprendente que las embarcaciones prefieran navegar 7500 millas náuticas para hacer mantenimiento en el puerto de Zhoushan, con un costo aproximado de un millón y medio de dólares solo en transporte, antes que sujetarse al monitoreo de las autoridades peruanas.
Llama la atención, también, que apenas cinco embarcaciones extranjeras decidieran cumplir con el requisito de instalar el sistema de seguimiento satelital (SISESAT), que tiene un costo mensual de aproximadamente USD 200. Este sistema obliga a las embarcaciones a transmitir su posición al centro de control del Ministerio de la Producción, seis meses antes de su ingreso a puertos peruanos. “Es evidente que la negativa a instalar el sistema de seguimiento satelital del Perú no se debe a limitaciones financieras; sino que, apuntaría más bien a prácticas poco transparentes para eludir controles”, resaltó Miranda.
Por otro lado, existen embarcaciones que solicitan el ingreso a puerto utilizando la modalidad de “arribo forzoso”. Con esta, ingresaron al país 36 embarcaciones desde la promulgación del decreto en mención. El "arribo forzoso” también podría constituir una estrategia para evadir las regulaciones, porque estos pedidos no pueden ser rechazados, ya que se realizan por situaciones de fuerza mayor como, por ejemplo, tener un tripulante gravemente enfermo o un desperfecto mecánico en la embarcación que podría derivar en un siniestro en el mar. Sin embargo, si los arribos forzosos no son debidamente verificados a través de adecuados procesos de inspecciones, se podría comprometer al país al atentar contra el cumplimiento del Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto, un pacto mundial cuyo objetivo es la lucha contra la pesca ilegal.
No obstante, la periodista uruguaya, Sabina Goldaracena, alerta sobre otro mecanismo que se podría estar utilizando actualmente para permitir el arribo de embarcaciones sin el debido control satelital, este es la declaración de “desembarque de tripulantes” que, coincidentemente, se incrementó exponencialmente desde junio de 2023. Según Goldaracena, entre junio y agosto se han registrado 75 arribos que han sido inadecuadamente considerados exentos del cumplimiento del uso del seguimiento satelital peruano por el Ministerio de la Producción. “Si esta tendencia continúa, para finales de este año el número de arribos podría ser igual al número que se manejaba antes del 2020”, mencionó.
El abogado Piero Rojas, profesor de derecho administrativo de la Universidad Científica del Sur, añadió un elemento importante al análisis de esta problemática, la necesidad de garantizar una fiscalización adecuada a las embarcaciones extranjeras. El docente manifestó que se han detectado inconsistencias y declaraciones incompletas en las actas de inspecciones en puerto que el Ministerio de la Producción remite a la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur (OROP-PS), a pesar de que esto constituye el corazón de la fiscalización. “Es un desafío para el Estado y para el Ministerio de la Producción garantizar la efectividad de la fiscalización, siendo muy necesario añadir los medios probatorios a las inspecciones de embarcaciones extranjeras; como sí existen en las fiscalizaciones a embarcaciones nacionales”, resaltó.
Eloy Aroni, representante de Artisonal, realizó un análisis sobre la dinámica de la flota calamarera de aguas distantes. Mencionó que los cambios en las regulaciones portuarias de Perú han generado cambios en la dinámica del uso de puertos de esta flota, pero no ha impactado significamente su presencia en la región del pacífico. Excepto a inicios del 2021, al haberse dado los cambios regulatorios en Perú, un gran grupo de embarcaciones retornó a China y otro se fue al atlántico, dándose la presencia de tan solo 130 embarcaciones frente al pacífico. Sin embargo, en los siguientes años, el esfuerzo pesquero ha ido incrementándose significativamente. En octubre del 2022, se llegó a un pico máximo de 98 mil horas de pesca con tan solo 370 embarcaciones activa.
En otro análisis, Aroni mencionó que la asistencia de buques de apoyo, tales como los cargueros, se ha incrementado considerablemente, pasando de 719 eventos de encuentros en 2019 a 2272 en el 2022. “Se ha más que duplicado los niveles de encuentro, con un menor número de embarcaciones presentes al año” señaló.
La periodista Magali Estrada, en el marco de su investigación, presentó información que demuestra que, desde la publicación de la norma, las partes interesadas han hecho intentos por buscar cuestionar u obtener periodos de gracia en el marco de esta norma. En su desarrollo, compartió extractos de cartas obtenidas a través de la ley de transparencia, que una primera instancia fueron de carácter consultivo. Hubo agencias marítimas (Asia Marítima SAC, Naviera Blue Sea SAC) o empresas de telecomunicaciones como CLS Perú; que realizaron consultas respecto al devenir de embarcaciones que no se instalaron el equipo SISESAT en el tiempo establecido o la posibilidad de poder instalarlo en puertos extranjeros.
En una segunda instancia, estas tuvieron un carácter de observación a la norma y cuestionamiento. La agencia Asia Marítima, cuestionó la norma, debido a que esta no precisó que pasaría con embarcaciones que habían sido construidas luego de la entrada en vigencia de la norma, solicitando incluso una reunión.
La periodista de Ojo Público resaltó que además hubo una comunicación a nivel diplomático de la República de Corea, que dirigió una carta a PRODUCE mediante la embajada de Perú en ese país, pidiendo precisiones sobre un supuesto periodo de gracia el cual fue mencionado por un funcionario de PRODUCE en una supuesta reunión virtual. “Este documento, demuestra que no solo es una agencia o flota interesada, sino además detrás hay un gobierno incidiendo en los intereses de su flota y que, además, sí ha habido reuniones previas”, expresó.
Alfonso Miranda invitó al Gobierno a fortalecer los procesos de fiscalización en puerto, puesto que, con la emisión del decreto, desde enero de 2021 las embarcaciones que no cuentan con el SISESAT no pueden entrar al Perú. También animó a cumplir con las medidas de la OROP-PS, de la cual Perú es miembro.Aseguró que el decreto marcó un antes y un después en la lucha contra la pesca ilegal no declarada y no reglamentada en el Perú. “Antes de esta normativa dábamos facilidades logísticas para el uso de nuestros astilleros a una flota que fue captada en diversas ocasiones apagando sus equipos satelitales para ingresar y pescar de manera ilegal en aguas peruanas y ecuatorianas. Hoy en día, no pueden hacerlo”, concluyó.
Sobre el webinar
¿El mar peruano está más protegido ahora del riesgo de pesca INDNR? Balance a tres años de la publicación del Decreto Supremo No. 016-2020-PRODUCE se llevó a cabo el viernes 25 de agosto de 2023 fue organizado por CALAMASUR y la Facultad de Derecho de la Universidad Científica del Sur (UCSUR). El evento tuvo como objetivo analizar los cambios en la operatividad de las embarcaciones poteras de aguas distantes en el Pacífico Sur, luego de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 016-2020-PRODUCE, y discutir los desafíos para minimizar los riesgos de pesca INDNR en el mar peruano.
El webinar contó con cinco panelistas: Alfonso Miranda, presidente de CALAMASUR; Eloy Aroni, representante de Artisonal; Piero Rojas, abogado especialista en derecho administrativo y profesor de la UCSUR; Sabina Goldaracena, periodista independiente, y Magali Estrada, periodista de Ojo Público. Cada panelista compartió los resultados de investigaciones que realizaron y que dan muestra del impacto del decreto.
La moderación del evento estuvo a cargo de Renato Gozzer, Director de Pesquerías para América Latina, de la organización Sustainable Fisheries Partnership (SFP); y, la bienvenida, de Andrés Dulanto, Decano de la Facultad de Derecho de la UCSUR.
Descargue aquí las presentaciones utilizadas por los panelistas:
Sobre CALAMASUR
El Comité para el Manejo Sustentable del Calamar Gigante (CALAMASUR) es un grupo comprendido por actores líderes de la industria (representantes de los sectores artesanal, industrial y de procesamiento) de Chile, Ecuador, México y Perú, que se encuentran involucrados en la pesca de calamar gigante y trabajan juntos para su sostenibilidad.
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